Aceptación de Herencia en El Salvador desde Estados Unidos


El Proceso para Aceptar Herencia en El Salvador

Aceptación de Herencia en El Salvador desde Estados Unidos

Como es el proceso para aceptar herencia en El Salvador desde Estados Unidos?

En esta oportunidad vamos a tratar un tema muy importante, COMO ACEPTAR UNA HERENCIA EN EL SALVADOR DESDE EL EXTERIOR, es un tema muy importante de mucha relevancia sobre todo porque la mayoría han pasado por un proceso así, vamos a hablar tratando de descifrar un poco el Derecho Civil o Código Civil y como en este se encuentra el proceso para la aceptación de Herencia.

Mucha de nuestra comunidad salvadoreña que se encuentra en Estados Unidos, les ha pasado que al fallecer un ser querido en El Salvador, les han dejado una herencia ya sea esta monetaria, un negocio, un bien material como un vehículo, alguna maquinaria, etc. o un bien inmueble como una casa, un terreno, etc. No saben cómo realizar ese proceso para aceptarlo y tomar posesión de ese bien y a este agreguémosle otra obstáculo que no solo es la falta de conocimiento si no que es el migratorio, ya que muchos compatriotas salvadoreños debido a su estatus migratorio no pueden viajar a El Salvador o el tiempo en sus trabajo no se los permite, en fin sea cual sea la dificultad ahora vamos hablar del proceso de aceptación de herencia en El Salvador desde Estados Unidos.

Vemos a ir aclarando varios puntos:

La Nacionalidad y Domicilio De Las Personas

Las personas son naturales o jurídicas, las personas naturales son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, condición o religión. Las personas jurídicas, son personas ficticias capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones y ser representadas judicial o extrajudicialmente.

Las personas naturales se dividen en salvadoreños, (que son todos los nacidos en El Salvador) y extranjeros, que son todos aquellos nacidos en El Salvador pero que tuvieron que salir por alguna razón para otro país y además son salvadoreños los que la Constitución del Estado declara tales, los demás son extranjeros.

Los Bienes

Se llaman bienes a todas las cosas que son objeto de apropiación y se dividen en muebles e inmuebles.

Son bienes inmuebles, las tierras, los edificios, y toda clase de construcción adheridas al suelo, parte de los bienes inmuebles son las plantas que están sujetas al suelo, los frutos pendientes de los árboles, las puertas y ventanas de las casas y edificios y en general todos los objetos naturales que estén unidos de una manera fija y estable a los bienes raíces.

Son bienes muebles todas las cosas que son percibidas por los sentidos, que se ven y se mueven de un lugar a otro, también los bienes muebles son los que se consumen y también los que se consumen y se gastan , según los que se consuman o no por el uso al que están destinados.

Los Derechos se Dividen en Reales y Personales

Las cosas incorporales o derechos se dividen en reales y personales.

Derecho Real; Es un poder jurídico y legal que ejerce una persona sobre un cosa; regula la propiedad y los derechos y obligaciones que están determinadas para la propiedad. Son derechos reales el de dominio, el de la herencia, los de usufructo, el uso o habitación, el de prenda y de la hipoteca.

Derechos personales; Son los que solo pueden ser reclamados por ciertas personas, que por el derecho que tienen están sujetas a obligaciones de la ley.

Tratando de aclarar algunas dudas sobre lo que hemos hablado anteriormente vamos a decir que una persona que esté en El Salvador o en el extranjero tiene la posibilidad y capacidad de tener bienes muebles (que se mueven) como bienes inmuebles (que no se mueven). Por tradición conocemos que nuestros ancestros como bisabuelos, abuelos y padres han poseído algunos bienes terrenos, casas e incluso dinero por lo que dejan a disposición de su descendencia el que hacer.

Hay dos formas de dejar o hacer herencia, una es testada, que el termino lo dice, es testada porque viene de un testamento, algo que nuestros familiares dejaron y el testamento se hace ante un Notario en donde se deja explícitamente la voluntad de quien deja los bienes, y también está la herencia intestada, que es cuando no hay un testamento escrito, pero existe la voluntad de dejar alguna propiedad o algo de manera verbal, por ejemplo cuando el que dejare herencia dice de forma verbal lo que le quedara a cada hijo, familiar o pariente.

Se ha evidenciado que la forma de las herencias es la principal causa de discordia, diferencias entre las familias, para llegar a ese extremo es necesario hacer las cosas en vida y así se evitan distintas acciones en la familia, mientras tanto para eso está la ley para hacer valer lo justo y correcto y la misma ley establece la cadena de sucesión en cuanto a la herencia en un dado caso no haya un testamento.

¿Cómo se puede dejar un testamento?

De acuerdo al Derecho Civil y la enciclopedia jurídica, definen al testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte dejar todos sus bienes o parte de ellos.

La misma ley y en este caso en el Código Civil se establece los pasos a seguir en cuanto a una herencia, ya explicamos que un persona se puede hacer de bienes muebles e inmuebles ante eso, y sabedor de lo que tiene, posee y goza , y consciente de su descendencia , deberá de hacer un testamento, reunir los bienes que tiene y ponerlos a la disposición de su descendencia, inclusive puede buscar a un Notario y darle la iniciativa de hacer un testamento, y en todo caso hay testamentos cerrados y abiertos, que eso es algo que el Notario en su determinado momento deberá de explicarle.

El testamento abierto, es cuando la persona visita al Notario y le dice lo que quiere heredar y a quienes lo quiere hacer y se respeta esa voluntad.

Testamento cerrado, es cuando la persona dueña de los bienes deja por escrito a quien le corresponde cada propiedad o bien, lo deja firmado pero el Notario levanta un escrito en presencia de testigos para hacer valido ese testamento cerrado.

Hay determinados casos en donde el dueño de los bienes, deja la herencia en vida, es decir que en vida comienza a repartir sus bienes, y hay dueños que los bienes los deja a su familia pero hasta que el decide morir pueden hacerse de las propiedades, esa es una regla general en donde deberá de ser respetada la voluntad del testador.

¿Quiénes pueden dejar una herencia?

Según la regla general del Código Civil, las personas que pueden dejan una herencia, son todas aquellas que tienen bienes ya sean muebles o inmuebles y que tienen el deseo de dejarla a sus familiares que según ellos han estipulado. Para dejar un herencia se puede hacer ante un Notario.

¿Quiénes pueden aceptar una herencia?

Son las personas que están plasmadas en el testamento que ha dejado el testador, y que tenga el deseo de aceptarla según lo dispuesto por el Código Civil, cuando no hay un testamento pero hay propiedades, se debe de hacer un proceso de aceptación de herencia vía judicial, pero para eso las personas interesadas deben de buscar a un Notario para que les lleve ese proceso ante un Juzgado de lo Civil, será un proceso algo largo, pero allí se determina quienes tienen derecho a la sucesión testada o intestada.

La misma ley establece en el Código Civil, que la tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas , y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad de intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad de intención de adquirirlo.

¿Quiénes pueden recibir herencia?

En el artículo 988 del Código Civil establece que quienes estén llamados a la sucesión (herencia) intestada son los siguientes:

  • Los hijos, el padre, la madre y la esposa o esposo o en todo caso la persona con quien convive, aunque no estén casados.
  • Los abuelos, los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente como hijo/hija.
  • Los hermanos/ hermanas
  • Los sobrinos/ sobrinas
  • Los tíos/ tias
  • Los primos hermanos/ hermanas
  • La Universidad de El Salvador y los hospitales.

En ese orden es que están llamadas a la herencia las personas, así que si no hay un testamento determinado ya saben quiénes tienen derecho a reclamar una herencia. Debe de entenderse también que según el orden que aparece anteriormente es como se describe la sucesión y la herencia se dividirá por iguales entre todos.

Recordemos que el testamento es la declaración formal que la ley establece y que una persona da en su última voluntad, especialmente en lo que toca a la transmisión de los bienes, para que tenga efecto después de sus días de vida.

¿Puede una persona dejar herencia estando en el exterior?

Claro que si puede, de hecho el extranjero que esta fuera del País por alguna razón, tiene los mismos derechos que una persona que está en El Salvador, en todo caso sabedor de su patrimonio, puede buscar a un Notario para que le haga el testamento, puede buscarlo y hacer los trámites correspondientes, una vez obteniendo todo eso puede compartir el testamento con las personas que son participes de dicho testamento, el interesado puede dejar plasmada su última voluntad y decir si quiere que surja efecto estando el en vida o hasta que fallezca , esa será una clausula expresada en dicho testamento.

¿Puede una persona aceptar una herencia desde Estados Unidos?

Claro que si puede, en todo caso una vez conocedor de la herencia que tiene a su nombre, deberá de buscar a un Notario para que le lleve un proceso de aceptación de herencia, dicho proceso solo se puede llevar en El Salvador, por lo que síestá en el extranjero deberá de hacer un Poder General Judicial emitido por un Notario, para que lo asista un Abogado y le lleve dicho proceso en el Juzgado correspondiente.

De hecho esa aceptación de herencia se puede hacer en El Salvador pero el interesado puede estar en otro País, para eso deberá de enviar un Poder General Judicial para que sea representado y unirse al proceso para que tenga participación de él. Una vez obteniendo la declaratoria de herencia, deberá de iniciar el proceso de cambio de nombres de la propiedad a la cual le ha favorecido la tradición, use y goce de los bienes muebles o inmuebles.

Estimado compatriotas salvadoreños que radican en Estados Unidos, hay distintas formas de acceder a la aceptación de una herencia, te invitamos a que nos llames para que tengas una asesoría legal de cómo puedes aceptar esa herencia o dejar un testamento para heredar ese ser o seres queridos en El Salvador, será un gusto poder compartir nuestra experiencia y trabajo que llevamos por año.



Aceptación de Herencia en EL Salvador desde EEUU

Aceptación de Herencia en EL Salvador desde EEUU

Diligencia de Aceptación de Herencia en El Salvador